Plusvalía municipal (IIVTNU)
Impuesto municipal que grava el incremento de valor del suelo urbano cuando se transmite un inmueble. Suele pagarlo el vendedor si hay incremento real.
La plusvalía municipal (IIVTNU) grava el aumento de valor del suelo urbano entre la compra y la venta del inmueble. La gestiona cada ayuntamiento y suele recaer en el vendedor.
En la venta de una nave es un coste a anticipar. El importe depende del valor catastral del suelo y de los años de tenencia.
El cambio tras la STC 182/2021
La Sentencia 182/2021, de 26 de octubre, del Tribunal Constitucional anuló el método objetivo de cálculo del impuesto. Obligó a reformar la norma.
El Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, modificó el texto de la ley de haciendas locales (TRLRHL) para adaptarlo a esa sentencia.
Cuándo no se paga
Tras esa reforma, el tributo no es exigible si el suelo no ha ganado valor entre que se compró y se vende. El vendedor debe poder acreditar esa ausencia de incremento.
Además, hoy existen dos formas de calcular la base: una objetiva (sobre el valor catastral del suelo) y otra real (sobre el incremento efectivo). El contribuyente puede aplicar la que le resulte menos gravosa.
Conviene revisar el caso concreto con un asesor y confirmar la ordenanza del municipio donde está la nave.