Naves Canarias — compraventa de naves industriales

Glosario

El vocabulario de la operación

Los términos jurídicos y fiscales que aparecen al comprar o vender una nave industrial en Canarias, explicados claros.

En una compraventa de nave aparecen palabras que no se usan a diario: nota simple, arras, escritura pública, plusvalía municipal, tasación. Detrás de cada una hay una institución y una norma concretas. La titularidad y las cargas salen del Registro de la Propiedad. La fiscalidad de la operación se rige por la legislación canaria —el IGIC de la Ley 20/1991 y el ITP del Decreto Legislativo 1/2009— y por la normativa estatal que reforma la plusvalía municipal, el Real Decreto-ley 26/2021. Este glosario reúne ese vocabulario para que entiendas cada documento antes de firmarlo, sin tener que fiarte de nadie.

Arras
Señal que el comprador entrega al firmar el contrato previo a la compraventa, como garantía de que la operación se cerrará en las condiciones pactadas.
Escritura pública
Documento firmado ante notario que formaliza la compraventa. Permite inscribir la nave en el Registro de la Propiedad a nombre del nuevo titular.
Nota simple
Documento del Registro de la Propiedad que informa de quién es el titular de un inmueble y de las cargas que pesan sobre él (hipotecas, embargos, servidumbres).
Plusvalía municipal (IIVTNU)
Impuesto municipal que grava el incremento de valor del suelo urbano cuando se transmite un inmueble. Suele pagarlo el vendedor si hay incremento real.
Tasación
Valoración del inmueble realizada por una sociedad homologada, habitual cuando se pide hipoteca. Sigue la Orden ECO/805/2003 y puede diferir del precio de mercado.