Naves Canarias — compraventa de naves industriales

Tasación

Valoración del inmueble realizada por una sociedad homologada, habitual cuando se pide hipoteca. Sigue la Orden ECO/805/2003 y puede diferir del precio de mercado.

La tasación es la valoración oficial que hace una sociedad homologada, sobre todo cuando se solicita financiación. El banco la usa para decidir cuánto presta sobre la nave.

No coincide necesariamente con el precio de mercado. Puede salir por encima o por debajo de lo que se pide o se paga.

La norma que la regula

La tasación con finalidad hipotecaria en España se rige por la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, del Ministerio de Economía. Esa orden fija los métodos de valoración y el contenido del informe.

Las sociedades de tasación deben estar homologadas e inscritas en el Banco de España. No vale cualquier valoración para que el banco conceda la hipoteca.

Tasación y precio de mercado

La tasación responde a un método reglado; el precio de mercado refleja lo que alguien está dispuesto a pagar hoy por la nave. Por eso pueden separarse, sobre todo en mercados poco transparentes como el industrial.

En Canarias, el servicio de tasación está exento de IGIC, igual que otros servicios financieros. El gasto que asume el comprador es el honorario de la sociedad tasadora, no un impuesto sobre ese servicio.

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